C/ General Diaz Porlier, 21 – Ent. B, 28001 - Madrid (España)

TÉRMINOS Y CONDICIONES DE USO. CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN

1. OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN

1.1 El presente documento contiene el texto íntegro de las Condiciones Generales de Uso del Servicio Miportaldelempleado® y de Miregistrolaboral®  (incluido al contratar miportaldelempleado) prestado por NAT21 CONSULTORIA Y FORMACION, S.L. (en adelante denominada “NAT21”), y constituyen, sin perjuicio de los acuerdos o condiciones particulares que se establezcan en su caso, un contrato entre Usted (el “CLIENTE”) y NAT21.

1.2 NAT21 es el proveedor del servicio de portal del empleado y registro diario de jornada laboral Miportaldelempleado® objeto del presente contrato a través de nuestra web. NAT21 está inscrita en el Registro Mercantil de Madrid.

1.3 El registro como usuario y la utilización del servicio Miportaldelempleado® suponen su aceptación completa y sin reservas de las presentes Condiciones Generales de Contratación, (en adelante “CGC”).

1.4 En estas CGC, el término Parte se utilizará para designar a NAT21 y al CLIENTE de forma individual y el término “Partes” para designarlos conjuntamente.

2. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO

2.1 El Servicio Miportaldelempleado® (en adelante el “Servicio”) configurado como “Software as a Service” y “Aplicación software para dispositivos Smartphone” denominada también «Miportaldelempleado®» y «Miregistrolaboral®» (como nombre de la App), ambas propiedad de NAT21, disponible en plataformas «App Store» (iOS) y «Google Play Store» (Android), cuya descarga y actualización continua es un requisito necesario, le permiten, entre otros, a partir de la recepción por el mismo de registros de inicio o fin de periodos de actividad, envío de nóminas o documentos a sus trabajadores, comunicaciones bilaterales, que su empresa pueda registrar y computar la jornada laboral de sus empleados.

2.2 En colaboración con NAT21, el CLIENTE habilitará los dispositivos que servirán como origen de los referidos avisos para cada empleado o conjunto de empleados cuya jornada laboral y portal del empleado se desee registrar, debiendo ser en todo caso identificable el origen del aviso. El Servicio no implica lugar de trabajo, sino que se circunscribe exclusivamente al concepto jornada laboral y portal del empleado.

2.3 Mediante los datos registrados al inicio y finalización de la jornada, el Servicio podrá generar para el CLIENTE la información relativa a la jornada laboral efectuada por cada empleado, y, a tal efecto se facilitará al CLIENTE los correspondientes accesos online al servicio, pudiendo cada empleado acceder a la consulta de sus registros.

2.4 La prestación del Servicio se realizará accediendo al software Miportaldelempleado® y de Miregistrolaboral®  (incluido al contratar miportaldelempleado), que será accesible a través del dominio https://www.miregistrolaboral.es o alguno de sus subdominios. NAT21 se obliga a mantener en las condiciones técnicas adecuadas el software del Servicio a fin de que el CLIENTE tenga acceso al output definido en el presente contrato, esto es, la información relativa al portal del empleado y registro de jornada laboral de sus empleados que haya sido correctamente incorporada al sistema. NAT21 no está obligado a realizar trabajos de adaptación del software y producto ofertado a los requerimientos del CLIENTE.

2.5 La prestación del Servicio del software Miportaldelempleado® incluye el uso de un repositorio documental para la entrega de nóminas, documentos y notas de gasto, que será accesible a través del software online y de la App. Dicho repositorio tiene un límite por empleado, y no permite en cada apartado colocar más de 12 archivos con una limitación de peso de 2 MB por archivo.

2.6 Dado que la fiabilidad de los datos forma parte fundamental del valor añadido que el Servicio aporta al CLIENTE, es por ello que, los datos registrados que conforman el registro de la jornada laboral son inalterables, por lo que la condición de CLIENTE del Servicio no otorga en modo alguno la capacidad de adaptar, modificar o alterar los mismos.

3. ASPECTOS ECONÓMICOS Y DURACIÓN DEL CONTRATO

3.1 Una utilización correcta del Servicio implica el uso del portal del empelado y un registro (al final de la jornada o turno); no obstante, es potestad del CLIENTE la ordenación e instrucción al personal, cuya jornada laboral desea registrar. Por tanto, es el CLIENTE quien debe informar a sus empleados y decidir sobre la utilización del mismo, correspondiendo dichas instrucciones al ámbito de su propia organización.

3.2 EL CLIENTE comprará el servicio bien vía Web o de forma presencial según su  elección y al precio ofertado. El uso del servicio será por períodos anuales.

El pago del servicio realizará mediante domiciliación bancaria de recibos, aunque podrían facilitarse otras vías de pago mediante tarjeta de crédito, Paypal, Transferencia, u cualquier medio que esté publicado en nuestra web.

La duración del contrato es de un año renovable. Una vez finalizado el contrato este se renovará de forma automática por períodos de un año salvo que el CLIENTE comunique por escrito su decisión de no renovarlo con al menos 30 días de antelación a la finalización.

3.3 En el presente contrato está contemplado tanto el soporte como la atención y el mantenimiento evolutivo general, no el específico que requiera el cliente, y correctivo de la parte Software.

3.4 Toda la arquitectura tecnológica que da soporte al servicio es por cuenta de NAT21 y es entregada en modo SAAS (Software as a Service) al cliente con las limitaciones temporales fijadas en el párrafo 3.2

3.5 El impago por parte del CLIENTE de una cuota de servicio provocará la rescisión automática del servicio 

4. OBLIGACIONES DEL CLIENTE

4.1 El CLIENTE es responsable de disponer y cumplir con todos los requisitos técnicos y materiales para poder acceder al portal online. Este acceso deberá efectuarse con los medios propios de conexión a internet del CLIENTE, que en todo caso es responsable de la instalación, funcionamiento, mantenimiento, uso y compatibilidad de su hardware, software y comunicaciones para acceder al Servicio. NAT21 no será responsable del correcto funcionamiento de los equipos y líneas de comunicación del CLIENTE, ni tendrá ningún tipo de obligación ni responsabilidad en relación con los mismos.

4.2 EL CLIENTE deberá informar debidamente, según el Derecho aplicable, a los colaboradores, empleados y representantes de los trabajadores, en especial, en lo relativo a los ámbitos del derecho laboral, igualdad y de protección de datos. Es responsabilidad del CLIENTE, con total indemnidad para NAT21, el cumplimiento de toda la normativa para la implantación del portal del empleado y el sistema de registro de jornada en su empresa

4.3. El CLIENTE como responsable del tratamiento de los datos asume la plena responsabilidad por el uso que haga del Servicio, incluyendo su software y registros de datos y de cualquier otra información o anotaciones concretas que realice utilizando el Servicio.

4.3.1 El CLIENTE comunicará a NAT21 las personas que, según su nivel de responsabilidad en su organización, puedan acceder al tratamiento de datos dentro de Miportaldelempleado® requiriendo tal acceso las debidas condiciones de confidencialidad en función de la naturaleza de los mismos. En función de dicho grado dichas personas procederán al alta y baja de empleados cuya jornada laboral se desea registrar.

4.3.2 Asimismo, es responsabilidad del CLIENTE, la instrucción a sus empleados respecto de las condiciones para el correcto funcionamiento del servicio, condición indispensable para que los mismos puedan acceder a la información relativa a sus propios registros de jornada y a su información facilitada en el portal del empleado. EL CLIENTE debe explicar y formar a los mismos en la correcta ejecución, así como de las obligaciones inherentes a la utilización del Servicio (confidencialidad y uso personal en el supuesto de utilización de códigos, usos indebidos o desproporcionados…).

4.3 EL CLIENTE asume la plena responsabilidad por el uso de los accesos facilitados al Servicio y es responsable de que los datos que se introduzcan en el sistema sean los correctos, tanto aquellos proporcionados por él directamente como por parte de sus empleados y colaboradores. NAT21 manifiesta expresamente que no es responsable ni de los usos indebidos que pudieran producirse ni de una introducción de datos incorrectos en el sistema.

4.5 El CLIENTE es el responsable de cualquier fichero de datos de carácter personal que cree mediante la utilización del Servicio. Como responsable de dichos datos, el CLIENTE será siempre quien decida sobre la finalidad de dicho fichero o actividad de tratamiento. El CLIENTE debe informar a las personas sujetas al registro de jornada de la recogida de cualquiera de sus datos de carácter personal, así como de los deberes y derechos derivados de dicha actuación. El CLIENTE se obliga a utilizar el Servicio de la forma prevista y para las finalidades de registro de jornada laboral, sin que la utilización del Servicio se realice de forma ilegal o fraudulenta o sirva como base para cualquier actuación ilegal o fraudulenta.

5. LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD

5.1 Salvo que medie dolo, NAT21, sus directivos, consejeros, empleados o agentes no son responsables por ningún daño o perjuicio relacionados con este contrato. En particular y sin ser exhaustivo, no serán responsables de pérdidas, lucro cesante, daños indirectos o colaterales de ningún tipo.

5.2 NAT21 no responde de ningún daño o perjuicio que se cause por los servicios que no sean directamente suministrados por ella, a mero título ejemplificativo se mencionan: el Servicio de Internet, equipos desde los que se acceda al software, así como otros que no dependan de su tecnología.

5.3 En todo caso, la responsabilidad máxima de NAT21 no superará el importe máximo del precio facturado por el servicio o uso de software que concretamente haya causado el daño o perjuicio reclamado. 

6. MODIFICACIONES DE REGULACIÓN

6.1. En el supuesto de que sobrevenga una acción regulatoria, medida legal o reglamentaria que, a juicio razonable de NAT21 y su departamento legal, prohíba, restrinja sustancialmente o haga comercialmente inviable la prestación de los Servicios, NAT21 estará habilitada para: (i) modificar los Servicios o los términos y condiciones de este Contrato con la finalidad de adaptarse a la nueva situación, (ii) resolver el Contrato. NAT21 estará exento de cualquier responsabilidad por las situaciones descritas en esta cláusula, siempre que las notifique por escrito al CLIENTE de forma inmediata una vez tenga conocimiento de cualquier de dichas situaciones.

6.2 NAT21 se reserva la facultad de efectuar, en cualquier momento, las modificaciones y actualizaciones en la prestación del servicio, sus contenidos, configuración, disponibilidad y presentación de la información, así como de las presentes CGC, sin perjuicio de los derechos adquiridos.

7. PERÍODO DE PRUEBA

En los servicios contratados NAT21 establece un periodo de prueba sin cargo entre cinco y quince (5 y 15) días desde la fecha de suscripción, durante este periodo de prueba NAT21 garantiza al CLIENTE la posibilidad de anular la suscripción sin cargo alguno. Para cancelar la suscripción El CLIENTE deberá comunicar su intención de finalizar el servicio dirigiendo un correo electrónico a la cuenta de info@miregistrolaboral.es

8. PROTECCIÓN DE DATOS.

8.1 En relación con los datos que se puedan recopilar en virtud del presente contrato el CLIENTE tiene la consideración de responsable del tratamiento, y deberá cumplir con las obligaciones previstas por la ley aplicable en relación con la utilización e implantación del sistema de registro de jornada y uso del portal del empelado, así como del software del servicio. NAT21 recibe la consideración de encargado del tratamiento, y en consecuencia trata los datos según las instrucciones del CLIENTE. NAT21 no aplica ni utiliza los datos con fines distintos a los que figuran en el presente contrato. Asimismo, NAT21 como encargado del tratamiento adopta las medidas de índole técnica y organizativa necesarias que garanticen la seguridad de los datos de carácter personal según lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y el Reglamento UE 2016/679.

Le informamos de que sus datos serán tratados, conforme a lo previsto en la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y Reglamento UE 679/2016, y serán incluidos en un registro de actividades de tratamiento cuyo responsable es NAT21, S.L. Los datos proporcionados se conservarán mientras se mantenga la relación contractual o durante los años necesarios para cumplir con las obligaciones legales y no se cederán a terceros salvo en los casos en que exista una obligación legal.

La finalidad de la recogida será la gestión de este contrato y la administrativa, además de para informarle de nuestros productos y servicios, incluso por medios electrónicos, previo consentimiento. Usted tiene derecho a obtener confirmación sobre si en NAT21, S.L. estamos tratando sus datos personales y podrá ejercitar sus derechos de acceso, rectificación o supresión, limitación de su tratamiento, oposición, portabilidad, y a oponerse a decisiones individuales automatizadas. Asimismo, podrá revocar su consentimiento en caso de que lo hayan otorgado para alguna finalidad específica, pudiendo modificar sus preferencias en todo momento. Podrá ejercitar sus derechos a través del correo electrónico info@miregistrolaboral.es o escribiendo a la siguiente dirección: C/ Gral. Díaz Porlier, 21 Ent. B - 28001 Madrid.

Si lo desea puede consultar la información adicional y detallada sobre Protección de Datos en el Aviso Legal y Política de Privacidad de nuestra página web www.Miportaldelempleado.es

8.2. El CLIENTE deberá informar en todo caso al interesado de la recopilación de datos personales (empleado, colaboradores, etc.) y de sus derechos. El CLIENTE se obliga a comunicar el ejercicio de estos derechos por parte de los interesados a NAT21, para que se puedan adoptar las medidas oportunas.

9. PROPIEDAD INTELECTUAL

Queda expresamente prohibido al CLIENTE la reproducción, transmisión a otro equipo informático, modificación, adaptación, mantenimiento, corrección de errores, cesión, venta, arriendo, préstamo, cesión de uso ni parcial ni total, transmisión del derecho de uso, divulgación, publicación, etc., del software vinculado a este Servicio.

Mediante este contrato no se produce ninguna cesión ni licencia más allá de la autorización para usar el software Miportaldelempleado® como servicio por internet.

10. RESOLUCIÓN

10.1 NAT21 podrá resolver el presente Contrato o suspender el Servicio, con una notificación previa al CLIENTE con quince (15) días de antelación si: (i) se produce impago por parte del CLIENTE; (ii) se produce un incumplimiento por parte del CLIENTE de una obligación esencial en virtud del presente Contrato, distinta de la obligación de pago, siempre que dicho incumplimiento no fuera subsanado en el plazo de quince (15) días desde la recepción de la notificación por escrito del mismo.

10.2 NAT21 podrá resolver el presente Contrato o suspender el Servicio de forma inmediata cuando el CLIENTE esté realizando cualquier conducta que suponga un fraude o acto ilegal y/o cause o pueda causar daños a terceros o a la infraestructura de comunicaciones y/o sistemas de NAT21 o perturbe su funcionamiento y/o la prestación de los Servicios al CLIENTE o a terceros.

10.3 El presente Contrato podrá resolverse por cualquier de las partes por cualquier otra causa concreta prevista en el mismo.

10.4 La resolución del presente Contrato no eximirá al CLIENTE de su obligación de pagar cualesquiera cargos incurridos a tenor del presente Contrato con anterioridad a su resolución.

11. LEGISLACIÓN APLICABLE Y JURISDICCIÓN

11.1 Para conocer de cualquier controversia o litigio en relación con esta relación contractual serán competentes los Tribunales españoles, y en particular los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Madrid.

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